08/04/2020 por Optima Abogados 0 Comentarios
Crisis del Covid, Resolvemos tus dudas
En Optima abogados contamos con
abogados expertos en las diferentes áreas que te prestarán el mejor
asesoramiento y resolvemos tus dudas sobre la crisis del Covid que estamos pasando.
Prestamos Asesoramiento tanto a Trabajadores, Empresas y autónomos, Pymes etc. Todas las dudas que tengas y problemas que te haya causado la crisis por la que estamos pasando debido al COVID 19, Te ayudaremos en Optima Abogados
CRISIS DEL COVID-19
El pasado 14 de marzo ante la crisis por el contagio de la población del COVID-19 se declaró el Estado de
alarma mediante Decreto 463/2020, limitándose el derecho de libre circulación de los ciudadanos y
procediendo al cierre de comercios y establecimientos abiertos al público.
Ello ha obligado a elaborar y publicar por parte del Gobierno una batería de medidas para paliar el impacto
económico y social por los efectos de la pandemia del COVID-19.
En Optima abogados contamos con abogados expertos en las diferentes áreas que te prestarán el mejor
asesoramiento.
Si eres trabajador
- Los trabajadores que estén teletrabajando
seguirán con las mismas condiciones salariales, y sus derechos no se modifican.
- Las empresas no pueden proceder al despido por
causas objetivas, por razones económicas, técnicas, organizativas y de la
producción basadas en la crisis del COVID-19.
- Las empresas podrán acogerse a un expediente de
regulación temporal de empleo, procediendo a la suspensión o reducción de la
jornada de trabajo. Los trabajadores tendrán derecho a percibir el desempleo
aun no teniendo el mínimo de cotización de 360 días.
- Los trabajadores tendrán derecho a la reducción
o adaptación de jornada para cuidar a familiares afectados por el COVID-19.
Las empresas y autónomos
- Para proceder a la suspensión de los contratos
de trabajo deberán iniciar un expediente de regulación temporal de empleo.
- No podrán despedir a los trabajadores por causas
objetivas por razones económicas, técnicas, organizativas y productivas basadas
en el COVID-19.
- Bonificaciones en las cuotas de la seguridad
social.
- Moratoria y fraccionamiento en el pago de
impuestos.
- Si eres autónomo y acreditas un descenso de tus
ingresos del 75%, tendrás derecho a una prestación por cese de actividad.
Si eres arrendador/arrendatario
- Suspensión de lanzamientos para los
arrendatarios que acrediten estar en una situación de vulnerabilidad.
- Prorroga extraordinaria del plazo de duración de
los contratos de alquiler.
- Moratoria para el pago del alquiler, obligatorio
en caso de grandes tenedores y empresas o entidades públicas de la vivienda.
- Aprobación de una línea de avales por cuenta del
Estado para la financiación de arrendatarios en situación de vulnerabilidad
social y económica como consecuencia de la expansión del COVID-19.
Medidas en el ámbito del Derecho de familia
- Apoyo a la mediación y a la resolución extrajudicial
de los conflictos.
- Compensación de las visitas no realizadas por el
progenitor no custodio.
- Modificación de medidas en relación a la crisis
del COVID-19, alimentos, derechos de visita, régimen de custodia compartida.
Medidas de apoyo a los consumidores
- Derecho de reembolso en caso de cancelación de
vuelos.
- Cancelación de eventos u otro tipo de servicios.
Derecho a resolver el contrato sin penalización.
- Suspensión de las cuotas de gimnasio mientras no
puedan utilizarse los servicios. Y para las cuotas ya abonadas sin haber
disfrutado de los servicios, posibilidad de ofrecer el servicio posterior,
imputarlas a cuotas posteriores o minorar dichas cuantías.
- Posibilidad de resolver el contrato de
compraventa de bienes sin penalización en el plazo de 20 días.
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